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El Ministerio de Gobierno, a través del Registro Civil, ofrece el servicio de Oficina Móvil para facilitar la celebración de matrimonios en otras locaciones fuera de las delegaciones.
Gobernador03/07/2024
En un esfuerzo por acercar los servicios a la comunidad y facilitar la celebración de matrimonios, el Ministerio de Gobierno, a través del Registro Civil cuenta con Oficina Móvil. Este servicio permite que las parejas puedan contraer matrimonio en lugares especiales, brindando una experiencia única y personalizada.
Requisitos para la celebración de matrimonio a través de la Oficina Móvil
DNI de los futuros contrayentes.
Dos testigos mayores de 18 años con DNI o documento que acredite de identidad.
Partida de Nacimiento, de los/as contrayentes debidamente legalizada, en caso de estar inscriptos en otra provincia la partida tiene 6 meses de validez. Para aquellas personas nacidas en el extranjero se solicita la Apostilla de la Haya.
En caso de que alguno/a de los contrayente/s sea divorciado/a debe acreditar: Acta de Matrimonio con nota marginal de divorcio.
En caso que se deba acreditar viudez: Acta de Matrimonio y Acta de Defunción del cónyuge anterior.
Convención matrimonial realizada por Escritura Pública, en caso de haberla celebrado. Y en caso de optar por separación de bienes deberán presentar testimonio de la escritura pública respectiva.
Dónde se solicita el turno
Deberán asistir ambos contrayentes al momento de la solicitud, por ante Oficina Movil del Registro Civil con 10 días de anticipación, y solicitar el turno, completar la declaración jurada y presentar la documentación pertinente. Debe acreditar además ser mayor de edad, soltero/a, viudo/a o divorciado/a y no estar alcanzado por alguno de los impedimentos que establece la ley.
El arancel es de $89.105 incluye 4 testigos y la libreta de matrimonio.
Causales de impedimentos
Parentesco en línea recta en todos los grados, cualquiera sea el origen del vínculo; parentesco entre hermanos bilaterales y unilaterales, cualquiera sea el origen del vínculo; afinidad en línea recta en todos los grados; matrimonio anterior mientras subsista; haber sido condenado como autor, cómplice o instigador del homicidio doloso de uno de los cónyuges; tener menos de 18 años; falta permanente o transitoria de salud mental» (Art. 403 CCCN).
-Si alguna de las personas contrayentes tiene entre 16 y 18 años de edad, se requiere además el consentimiento de los progenitores de la persona menor.
-Si cualquiera de las personas contrayentes tiene menos de 16 años, se requiere dispensa judicial otorgada por el juez de primera instancia.
-El día de la ceremonia tienen que estar presentes los novios y los testigos que eligieron los novios, con el DNI para acreditar su identidad.
Teléfono de contacto: 0264 4936836
Horario de atención en Sede Central del Registro Civil de 07.30 a 14.30 hs.
E-mail de contacto: [email protected]
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