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La medida se orienta a recuperar los valores que permiten al organismo motorizar las mejoras en el sistema de riego para la optimización de la distribución del agua
22 de noviembre de 2023El de Hidráulica convoca a usuarios y usuarias del servicio de agua de riego a regularizar su situación de pago frente al organismo, a fin de seguir brindando un servicio de calidad. Para esto se está notificando a quienes registran deudas, sobre los diferentes medios de pago y las distintas posibilidades para cancelar sus obligaciones.
Se puede conocer el estado de deuda a través de la web de Hidráulica. En ese sitio on line es posible pagar el servicio (mediante Plus Pagos) o bien generar la boleta para pagar a través de San Juan Servicios. Otra opción es realizar transferencia bancaria al CBU del Banco San Juan nº 0450018601800000168637 o usando el alias DH.AGUA.COBRO. En este caso, una vez realizada la transferencia, se deberá enviar comprobante y número de boleta al mail [email protected] para confirmar el pago.
En el caso de requerir planes de pago, el usuario o usuaria debe concurrir al área de Rentas y Valores, en la sede central del Departamento de Hidráulica (Agustin Gnecco 350 sur, Capital).
En Hidráulica se registran 35 mil cuentas de las cuales, más de 27 mil tienen deuda. En el periodo enero-octubre 2023 se registró el ingreso de $282.519.515,87, lo que corresponde apenas al 23,47% de la deuda total puesta al cobro durante ese periodo ($1.203.530.287,75).
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En la producción, el agua es un insumo fundamental que debe ser considerado en el esquema de costos. El Código de Aguas (Ley 190 L), en su artículo 61 inc 5 indica que el concesionario debe cumplir todas las obligaciones económicas derivadas de la concesión.
En tanto el artículo 62 señala que cuando la mora supera los sesenta (60) días, autoriza a suspender en forma total el ejercicio del derecho de uso y suministro nacido de la concesión.
El pago que se realiza al organismo encargado de administrar el agua se compone de dos partes, por un lado el canon que corresponde a la concesión del derecho de agua para uso agrícola. El segundo componente es la tasa retributiva de los servicios hídricos. Todos los trabajos que la administración realice para la mejor utilización de los recursos hídricos, en concepto de conservación de obras, limpieza y monda de canales, mantenimiento de baterías de pozos, etc. deben ser retribuidos por los/as beneficiarios/as. Para eso, las Juntas Departamentales de Riego elevan el cálculo de gastos para la prestación de los servicios retribuibles, al Departamento de Hidráulica, que elabora el anteproyecto correspondiente. En todos los casos la recaudación probable se calcula teniendo en cuenta el principio de cubrir los gastos de administración, operación y mantenimiento de las obras que componen el sistema de riego de todos los departamentos.
En consecuencia el canon es un monto uniforme anual para todos/as los/as usuarios/as y, de acuerdo con la ley impositiva Nº 2485-I del presente año, son $200 (doscientos pesos) por hectárea empadronada.
En concepto de tasas retributivas de los servicios hídricos, para las concesiones de Uso Agrícola, esa ley estipula sumas entre $2.349 y $11.426, por hectárea, por año, según el departamento.
¿Dudas? Consulte en su delegación, en la sede central de Hidráulica, llamando al teléfono 4221962 interno 218 o escribiendo al correo electrónico [email protected]
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