Condenas al vicepresidente y a vocal de Colón por "connivencia con la barra brava"

Las sentencias fueron impuestas en un juicio abreviado en el que Horacio Darrás y Lucas Paniagua reconocieron su responsabilidad penal

Deportes 30 de septiembre de 2022 télam télam
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El vicepresidente tercero de Colón, Horacio Darrás, y el vocal Lucas Paniagua fueron condenados a dos años y medio y un año y medio de prisión, respectivamente, por el Poder Judicial de Santa Fe, por haber "facilitado la formación de grupos que delinquían en espectáculos deportivos y por encubrimiento".

A Darrás, de 66 años, y Paniagua, de 35, además de estas medidas de ejecución condicional se los inhabilitó para concurrir a espectáculos deportivos y desempeñarse en cargos en clubes afines, y también deberán pagar multas de 700.000 y 100.000 pesos, respectivamente.

Las sentencias fueron impuestas en un juicio abreviado que se llevó a cabo en los tribunales de la ciudad de Santa Fe a cargo del juez Leandro Lazarini.

La Unidad Fiscal Especial de Delitos Complejos condujo la investigación que permitió llegar a las condenas.

En tanto el Organismo de Investigaciones (OI) del Ministerio Público de la Acusación (MPA) fue el encargado de realizar todas las diligencias ordenadas por la Fiscalía.

Darrás y Paniagua reconocieron su responsabilidad penal como coautores del facilitamiento de la formación de grupos dedicados a cometer delitos en espectáculos deportivos (artículos 5 y 11 de la ley nacional de Espectáculos Deportivos 23.184) y por la autoría del delito de encubrimiento.

La defensa de ambos condenados aceptó la atribución delictiva realizada por la Fiscalía, el monto y el modo de ejecución de las penas impuestas y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.

Darrás también fue inhabilitado por cinco años para concurrir a espectáculos deportivos y por el mismo período de tiempo para desempeñarse como colaborador, dirigente, concesionario, miembro de comisiones o subcomisiones de entidades deportivas o contratado por cualquier título por ese tipo de organizaciones.

Paniagua en tanto fue inhabilitado por tres años para concurrir a espectáculos deportivos y por el mismo período para desempeñarse como colaborador, dirigente, concesionario, miembro de comisiones o subcomisiones de entidades deportivas o contratado por cualquier título por ese tipo de organizaciones.

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